Fecha 20/05/2019
CÓDIGO DE CONDUCTA DE DECADE S.A.
Detalles
1. INTRODUCCIÓN
DECADE S.A. tiene el compromiso de mantener las normas éticas más estrictas y cumplir con todas
las leyes y normativas aplicables en el desarrollo de su actividad, con independencia de que dicha
actividad se lleve a cabo mediante ventas directas o a través de Distribuidores o sub-distribuidores.
DECADE S.A. deberá observar y cumplir el presente Código de Conducta.
2. APLICABILIDAD
El presente Código de Conducta se aplica a cualquier persona física o jurídica, que sea, o a la que se
le proponga ser, contratada por DECADE S.A. para que intervenga directa o indirectamente en el giro
comercial o consecución del objeto social de la de la empresa, entendiéndose a modo meramente
ejemplificativo la venta, marketing, promoción, oferta o distribución de productos, incluidos sin
carácter restrictivo, intermediarios, agentes, revendedores, distribuidores, colaboradores comerciales,
consultores, contratistas, proveedores de servicios de apoyo al marketing, comisionistas,
intermediarios o asesores que compran y revenden nuestros productos y/u obtienen una comisión
sobre la venta de los productos.
3. LEYES ANTISOBORNO
DECADE S.A., sus dependientes o personas relacionadas comercialmente con ella, deberán cumplir
con todas las leyes y normativas aplicables incluidas, sin carácter restrictivo, las leyes anticorrupción
en todos los aspectos. Esto significa que los empleados, directivos, o consejeros de DECADE S.A.
no deberán ofrecer, pagar ni autorizar que se paguen u ofrezcan algo de valor a clientes,
profesionales sanitarios, cargos públicos u otros terceros, con el fin de obtener ventajas
empresariales indebidas. A efectos del presente documento, por “indebido” se entiende ilícito, con
fines corruptos. El término “algo de valor” incluye, sin carácter restrictivo:
• Dinero en efectivo
• Descuentos
• Viajes y alojamiento
• Regalos
• Patrocinios
• Contratos
• Préstamos
• Entradas e invitaciones
• Promesa de trabajo
• Uso de materiales, equipos, software o instalaciones
• Becas, donaciones, apoyo a la investigación
Por “Profesional Sanitario” se entiende un médico, enfermero u otro profesional de la salud, o
institución pública o privada sanitaria, un administrador o cualquier otra persona vinculada a una
institución sanitaria que pueda tener influencia en la decisión de compra, prescripción o uso de un
producto o funcionario de una dependencia publica perteneciente al estado en cualquiera de sus
formas (Municipal, Provincial o Nacional)
4. LIBROS Y REGISTROS
DECADE S.A. deberá registrar y mantener meticulosamente todas las operaciones y gastos
contraídos relacionados a la promoción de productos, en los libros, registros y cuentas de DECADE
S.A., de forma puntual y suficientemente detallada de conformidad con los principios contables
generalmente aceptados. Quedan terminantemente prohibidas las anotaciones falsas, engañosas,
incompletas, duplicadas, erróneas o ficticias en los libros y registros de DECADE S.A.
5. CONFLICTOS DE INTERESES
DECADE S.A. deberá detectar y prevenir las situaciones en las que exista un conflicto de intereses
real o presunto. Estas situaciones incluyen, sin carácter restrictivo, la contratación de cargos públicos
por parte de DECADE S.A., accionariado integrado por cargos públicos, contratación de empleados
de Clientes y/o Proveedores, o cualquier otra situación de la que se desprenda que las decisiones de
Decade S.A. pueden estar influenciadas por intereses o relaciones personales.
6. FORMACIÓN Y EDUCACIÓN DE PROFESIONALES SANITARIOS
DECADE S.A. podrá organizar eventos con profesionales sanitarios para proporcionar instrucción,
educación y formación o explicar la utilización segura y efectiva de los productos que comercializa.
Estos eventos deberán realizarse en entornos apropiados. La formación y educación deben constituir
una mayoría sustancial del programa cada día. DECADE S.A. podrá reembolsar a los Profesionales
Sanitarios los gastos razonables en concepto de viajes y dietas de alojamiento y manutención, con
sujeción a la ley y las normas locales aplicables sin que ello implique contradecir o traspasar los
límites impuestos en el objeto social de DECADE S.A.
Los pagos destinados a los profesionales sanitarios para la realización de eventos de formación y
educación y el reembolso de los gastos en concepto de viajes deberán reflejarse por escrito de
conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 8. DECADE S.A. no podrá pagar honorarios a un
profesional sanitario por el mero hecho de asistir a un evento educativo.
7. CONFERENCIAS DE TERCEROS
DECADE S.A. no podrá patrocinar la asistencia de una persona específica a eventos formativos,
conferencias ni eventos educativos similares para profesionales sanitarios organizados por terceros
en relación con los productos suministrados. DECADE S.A. no podrá financiar directamente a los
profesionales sanitarios para que asistan a congresos u otros eventos similares organizados por
terceros en nombre propio o de terceros a menos que el Profesional Sanitario intervenga en nombre
de DECADE S.A.
8. CONTRATACIÓN DE PLANIFICADORES DE EVENTOS
Si DECADE S.A. contrata los servicios de un agente de viajes o un planificador de eventos (en
adelante, “Planificador de Eventos”) para organizar eventos de formación y educación, deberá exigir
al Planificador de Eventos que siga los principios establecidos en el presente Código de Conducta, en
particular las Cláusulas 3, 4, 6, 7, 10 y 11.
9. CONTRATOS DE SERVICIOS
DECADE S.A. podrá pagar retribuciones a personas que presten servicios de consultoría de buena
fe, incluidos los profesionales sanitarios, en caso de que los servicios aporten valor a DECADE S.A. y
que los honorarios sean razonables y reflejen el valor de mercado razonable de los servicios
prestados. Dichos acuerdos deberán establecerse por escrito. DECADE S.A. deberá mantener
registros de los servicios y pagos, incluida la descripción del trabajo, las fechas de los servicios
prestados, las horas trabajadas (si se paga por hora) y la prueba de ejecución, como una factura
detallada.
10. REGALOS
En general, DECADE S.A. tiene prohibido ofrecer dádivas a los profesionales sanitarios, salvo en las
circunstancias excepcionales que se indican a continuación. DECADE S.A. podrá de manera
ocasional proporcionar artículos que tengan una verdadera función educativa o que beneficien a los
pacientes, como libros de texto o modelos anatómicos, si su valor es modesto y son de conformidad
con las leyes nacionales y locales, las normativas y códigos de conducta profesional e industrial del
país en que ejerce el Profesional Sanitario. DECADE S.A. podrá, en ocasiones puntuales,
proporcionar pequeñas atenciones o dádivas cuando sea apropiado, de conformidad con las
costumbres locales arraigadas y siempre y cuando no esté prohibido por la ley local o los códigos
industriales aplicables. Dichas atenciones o dádivas deberán ser las más modestas y adecuadas parala ocasión, para garantizar que no son, y que otras personas no las consideren, un posible medio de
influencia corrupta. No se podrán realizar regalos de dinero en efectivo o equivalentes de efectivo en
nombre de terceros. Nunca es apropiado regalar dinero en efectivo o equivalentes de efectivo ni
objetos personales de valor (por ejemplo, ropa, perfumes, bebidas alcohólicas caras, iPods, iPads,
iPhones, entradas para espectáculos, etc.).
La descripción, el importe y la finalidad de los artículos obsequiados a los profesionales sanitarios
deberán recogerse por escrito.
11. INVITACIONES
No es apropiado pagar actividades de ocio a profesionales sanitarios. No se permiten viajes
vacacionales, catas de vino, clubes nocturnos ni ningún tipo de actividades de ocio caras o fastuosas.
Sin embargo, se podrán aceptar cortesías empresariales modestas cuando lo permitan las normas y
códigos locales.
a) Cortesía empresarial. Cuando lo permita la ley y códigos locales, DECADE S.A. podrá invitar
ocasionalmente a un sobrio agasajo culinario a modo de cortesía empresarial en el contexto
de una reunión de negocios, siempre que el principal objetivo sea un motivo comercial
legítimo, no una interacción meramente social; la comida sea inherente a la interacción
empresarial; se ofrezca en un contexto que propicie conversaciones científicas, educativas o
de negocios; y el representante de DECADE S.A. asista personalmente a la reunión.
b) Alojamiento austero. DECADE S.A. podrá pagar el alojamiento de un Profesional Sanitario
para que asista a un evento de formación u otro evento comercial apropiado, cuando el
alojamiento sea modesto, adecuado y razonable habida cuenta de los requisitos del
programa, la comodidad de los asistentes y el coste razonable. DECADE S.A. no pagará los
costes adicionales relacionados con la ampliación de un viaje o estancia hotelera solicitada
por un Profesional Sanitario por motivos ajenos a las necesidades del evento.
c) Gastos de cónyuges, colaboradores o invitados. DECADE S.A. no podrá pagar los gastos de
comida, invitaciones, viajes, alojamiento u otros gastos de los invitados de profesionales
sanitarios u otras personas que no tengan un interés profesional directo en la información
que se va a intercambiar en la reunión.
12. DONACIONES EDUCATIVAS Y CIENTÍFICAS
Las becas y donaciones benéficas solo se permiten si están destinadas a un fin benéfico u otro fin
filantrópico o a financiar programas educativos o de investigación de buena fe. Para conceder estas
becas o realizar estas donaciones no se deberá tener en cuenta el volumen o valor de las compras
que realicen o se prevé que realicen sus beneficiarios. DECADE S.A. llevará registros detallados de
dichas becas o donaciones.
13. DESCUENTOS
Los descuentos deberán orientarse al mercado, basarse en operaciones de plena competencia y, en
general, estructurarse como reducciones del precio inicial partiendo de cada producto específico. Los
descuentos deberán definirse en el momento de la venta o antes en un contrato por escrito suscrito
por las partes, y no deberán generar beneficios personales a ningún Profesional Sanitario o cargo
público.
14. MUESTRAS Y PRODUCTOS GRATUITOS
DECADE S.A. podrá proporcionar a los clientes un número limitado de productos de muestra o
gratuitos para fines de evaluación o como parte de un programa apropiado de descuentos o
promociones, de conformidad con los códigos industriales y las leyes locales. El suministro de dichos
productos deberá hacerse constar debidamente por escrito a la institución cliente. DECADE S.A.
llevará registros detallados de sus muestras y productos gratuitos proporcionados a los clientes. El
suministro de muestras o productos gratuitos no deberá generar beneficios personales a ningún
Profesional Sanitario o cargo público.
15. ESTUDIOS CLÍNICOS
DECADE S.A. no realizará, financiará ni patrocinará ningún tipo de estudios clínicos o actividades
relacionadas con estudios clínicos que tengan que ver con los productos que comercializan sus
proveedores, incluidos los registros u otros tipos de estudios, con independencia de que sean
organizados o patrocinados por un Profesional Sanitario en el territorio o cualquier otra persona o
entidad, salvo que sea con la previa aprobación por escrito del proveedor.
16. LICITACIONES
El proceso de licitación debe ser justo y ecuánime. DECADE S.A. no deberá colaborar con las
autoridades contratantes en la creación o interpretación de la documentación o material de la
licitación de una forma que pudiera comprometer la imparcialidad del proceso. DECADE S.A. no
deberá ofrecer dádivas, donaciones ni ninguna cosa de valor a las autoridades contratantes o
personas relacionadas, con la intención de influir en el material, la documentación o la decisión
relativos a la licitación. DECADE S.A. no deberá obtener ni facilitar información privilegiada sobre los
términos de la licitación que dé lugar una ventaja competitiva desleal.
DECADE S.A. actuará en todo momento de conformidad con las leyes locales en materia de
licitaciones y defensa de la competencia y otras leyes aplicables, y en ninguna circunstancia
comentarán o intercambiarán ningún dato o información de carácter privado que guarde relación con
la oferta específica que van a presentar. Esta prohibición de intercambiar información incluye, sin
carácter restrictivo, los precios, las condiciones de ventas o cualquier cosa que (i) daría a la otra parte
una ventaja sobre los demás licitadores contraria a la competencia, o (ii) podría interpretarse como
colusión directa o indirecta para eludir las normas y normativas aplicables en materia de licitaciones.
17. COMPETENCIA LEAL
Las leyes de defensa de la competencia están concebidas para garantizar que la competencia se
mantenga fuerte y libre de colusión. Incluso se deberá evitar que una conducta se perciba como
ilícita, incluidas las conversaciones y negociaciones con competidores sobre precios, costes,
producción, productos y servicios, prácticas de licitación, otros asuntos empresariales de carácter
privado, territorios de ventas, canales de distribución o clientes; y la limitación del derecho de un
revendedor a vender o arrendar un producto o servicio a un determinado precio o por debajo de un
determinado precio.
18. CONTRATACIÓN DE SUBDISTRIBUIDORES
DECADE S.A. velará por que los subdistribuidores acepten y observen todas las obligaciones en
materia de cumplimiento normativo de la misma forma y con el mismo grado de diligencia que
DECADE S.A.
19. CONFIDENCIALIDAD
La información empresarial de los proveedores de DECADE S.A. es muy valiosa y deberá protegerse.
Por consiguiente, se espera que DECADE S.A. respete la información exclusiva y confidencial de sus
proveedores.
20. COMUNICACIÓN DE INCIDENCIAS
Sitio web de DECADE S.A. y servicio de atención telefónica de DECADE S.A.:
WWW.DECADE.COM.AR
Teléfono: 0351-4510441 INT 107
DECADE S.A. creó este sitio para proporcionar un método independiente de comunicar incidencias o
denunciar incumplimientos de forma confidencial y, si se desea, anónima.
23. CONTACTO
Para más información sobre estas expectativas y requisitos, envíe un correo electrónico a
regina.galli@decadesa.com.ar.